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El Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Huelva estima la demanda del bufete onubense ATO Abogados SLP, de la red Gestbanking, contra Banco Popular Español S.A. por el cobro indebido de dos tipos de comisiones a una empresa onubense, en concreto, una comisión por reclamación de posiciones excedidas y otra comisión de renegociación de deuda vencida e impagada.

En la sentencia se reconoce que estas comisiones resultan improcedentes ya que las mismas no responden a un servicio, causa o prestación que justifique su cobro

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