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La Sentencia del Juzgado de Primera Instancia 25 bis de Valencia, especializado en cláusulas abusivas, se basa en el Decreto que aprobó el Gobierno y que especifica que el impuesto debe pagarlo el banco.

Banco Santander deberá eliminar dichas condiciones generales de la contratación del contrato de préstamo hipotecario y además del impuesto de AJD, la entidad deberá desembolsar los gastos hipotecarios correspondientes a notaría, gestoría y registro.

Todo ello más intereses legales desde el pago indebido y los intereses del artículo 576 de la LEC.