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La Audiencia Provincial de Las Palmas ha confirmado sentencia del Juzgado de Primera Instancia 12, declara el carácter usurario de una tarjeta de crédito contratada con Barclays, anulándola. Anula también el contrato de seguro vinculado.

El consumidor afectado fue abordado en un centro comercial donde le ofrecieron una tarjeta de crédito oro, sin comisiones, pagando sólo un 2% de interés y con un seguro que le cubría el pago si se quedaba en paro o incapacitado. Contrató la tarjeta pagando una cuota de 50 euros mensuales, sin saber que sobre el importe restante, se aplicaba un interés abusivo superior al 26% TAE.

Aunque el cliente dejó de utilizar la tarjeta cuando caducó, tanto el banco como la entidad a la que éste cedió posteriormente el préstamo, sin consentimiento del consumidor, siguieron pasando importes en la cuenta corriente vinculada a ambos productos. Además, al quedarse en paro y recurrir al seguro de la entidad aseguradora, tampoco recibió lo contratado.

Aunque en primera instancia, el juez absolvió a Barclays, ahora los magistrados de la Audiencia también la condenan y obligan a ambas entidades a abonar las cantidades cobradas de más.

Hay que tener cuidado con las tarjetas de pago «revolving», que cobran intereses abusivos sobre el límite disponible, sobre los mismos intereses y sobre cualquier movimiento, haciendo que la deuda pendiente no sólo no disminuya, sino que aumente.