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El Tribunal Supremo ha emitido Sentencia en la que estima abusivos los intereses de demora que cobran los bancos en los préstamos personales que superen en un 2% el interés ordinario que se cobra de forma habitual al consumidor.

El fallo del Supremo se produce como consecuencia de un litigio planteado inicialmente por Banco Santander contra un consumidor particular, a quien reclamaba 16.473 euros de un préstamo más 4.942 euros por unos intereses de demora cuyo tipo se situaba en el 21,8%. El Alto Tribunal se apoya en la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y explica que:

«La abusividad de la cláusula del interés de demora implica la supresión de la misma y, por tanto, la supresión de los puntos porcentuales de incremento que supone el interés de demora respecto del interés remuneratorio.»

Por tanto, los intereses de demora que superen ese 2% deben tenerse por no puestos y, de esa forma, el consumidor pasaría a no pagar ningún interés de demora, tan sólo el llamado interés remuneratorio, es decir, el que venía pagando de forma habitual antes de incumplir los pagos.