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La Audiencia Provincial de Las Palmas muestra su desacuerdo con el Tribunal Supremo respecto a la comisión de apertura en préstamos hipotecarios. Los magistrados consideran que el Alto Tribunal no tuvo en cuenta todos los criterios jurisprudenciales del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en su reciente fallo.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas confirma en su totalidad la decisión de primera instancia que anuló la comisión de apertura de un préstamo hipotecario del BBVA por considerarla opaca y abusiva para los solicitantes. Los magistrados encargados del caso, Juan José Cobo Plana, Jesús Ángel Suárez Ramos y Guzmán Eliseo Savirón Díez, respaldaron la sentencia emitida en abril del año pasado.

La Sala de lo Civil considera que la comisión de apertura no fue ni «leal» ni «equitativa» para los interesados y muestra su desacuerdo con las conclusiones del fallo del Tribunal Supremo del 29 de mayo de 2023, que declaró no abusiva la comisión de apertura en un caso relacionado con un préstamo de La Caixa, aplicando la jurisprudencia europea.

La sentencia de la Audiencia Provincial argumenta que el análisis realizado por el Tribunal Supremo sobre la viabilidad de la comisión de apertura «no tuvo en cuenta todos los apartados que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dedica al control de abusividad y transparencia de la cláusula de comisión de apertura». Los magistrados destacan que el cobro de un precio sin especificar el número, tipo, duración, complejidad y coste de los servicios prestados no fue un trato leal hacia los clientes.

Según la Sala, el BBVA no informó adecuadamente sobre los estudios incluidos en la comisión de apertura ni por qué eran necesarios y adecuados según las circunstancias del préstamo solicitado. Por lo tanto, el banco no podía esperar razonablemente que los solicitantes aceptaran una cláusula de ese tipo en una negociación individual.

En otro tema, el Tribunal Constitucional ha decidido posponer la toma de decisiones sobre los efectos de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que condenó a España por el rechazo del recurso de amparo presentado por seis magistrados de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria. La Sala Primera del TC considera que necesita más tiempo para reflexionar sobre el caso y tomar una decisión informada.

El TEDH consideró que se vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva de los magistrados al no explicar de forma clara y razonada las razones que llevaron al Tribunal Constitucional a rechazar su demanda de amparo en octubre de 2020. La Sala Primera del Tribunal Constitucional compuesta por Cándido Conde-Pumpido, Juan Carlos Campo, María Luisa Segoviano, Ricardo Enríquez y Concepción Espejel deliberó sobre este asunto, pero concluyó que necesitan más tiempo para estudiarlo en profundidad.

Se espera que se anule la inadmisión del recurso y se solicitarán informes a los letrados y a la Fiscalía para tomar una decisión final. Será el pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por 11 magistrados, quien tenga la última palabra.

Dada la cercanía del proceso electoral, es probable que los magistrados decidan postergar la decisión para evitar interferencias. De hecho, Enríquez, Espejel y Enrique Arnaldo solicitaron formalmente a Conde-Pumpido que retirara el asunto del orden del día, argumentando que la sentencia del TEDH no es firme hasta dentro de tres meses y que puede ser recurrida ante el Pleno del Tribunal Constitucional.